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las dehesas de Extremadura y demas prerogativas de la cabaña Real, me pareció Oportuno y aun ne- cesario indicar los medios convenientes para conci- liar los intereses, al parecer encontrados de los ga- naderos trashumantes con los estantes, y de unos y otros con los labradores en general, y particu- larmente con los propietarios extremeños, miran- do á la conservacion de todos estos interesados, que realmente son la parte principal y esencial de la nacion; y aunque despues de restablecida la Constitucion de la Monarquía, ha cesado di- cho concejo y se ha declarado la libertad de pas- tos, y consolidado los derechos de propiedad, he creido mejor presentar esta materia bajo el aspecto que tenia antes del dia y de Marzo de este año 18205 para que conocido el estado an- terior y las dificultades que se ofrecian en su ex- pedicion, se puedan mas fácil y acertadamente aplicar las providencias que son absolutamente necesarias 5 si es que se ha de conservar la Ca- baña Nacional, cuya subsistencia no dudo Ha- mará exclusivamente toda la atencion de nues- tras augustas Córtes, como uno de los apoyos indispensables para el arreglo de la justa contriby- cionque hayan de pagar las pobres sierras, Y para que sus habitantes no perezcan 5 considerándolos Bo como privilegiados, sino como hijos de la ma. dre Pátria, que debe protejerlos y ampararlos segun las circunstancias y necesidad en que la baturaleza les ha constituido y se hace palpable £n este discurso,
ve.


