(25) su padre(1): ordenando ademas otras mu- chas cosas en beneficio de los ganados, de manera que se formó el primer reglamen- to Ó código de legislacion pastoril que hasta entónces se habia conocido. Adoptó tambien el rey D. Sancho el bravo, la proteccion concedida á los ganaderos tras- humantes, y mandó en el año de 1285, que quando van y vienen los ganados á los Extremos, no se cobren de los pastores de las cabañas serraniegas monedas ni ser- vicios, constando haber pagado en los lu- gares de su vencidad(27: siendo digno de advertir que todas estas concesiones hablan y se entienden con los ganados en general, sin diferencia de finos ni de bas- tos. Continuaron los reyes sucesores con- firmando las mismas ordenanzas, y par-
ticularmente D. Alonso onceno por los
(1) Quaderno de mesta, privilegio 5. (2) El mismo quaderno en los privilegios si-
culentes. 4


